La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la reforma laboral para financiar obligaciones vinculadas con la finalización de relaciones de trabajo. El mecanismo comenzará a aplicarse el 1° de noviembre sobre los salarios devengados desde ese mes.
El esquema establece contribuciones mensuales calculadas sobre la misma base imponible utilizada por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Las empresas con certificado MiPyME vigente deberán aportar el 2,5%, mientras que las grandes compañías tendrán una alícuota del 1%. También abonarán el 2,5% determinadas entidades sin fines de lucro, como cooperativas, mutuales, fundaciones e instituciones religiosas. Los empleadores del sector público quedan fuera del régimen.
ARCA tendrá a su cargo la recaudación y asignación de los recursos a cuentas individuales de cada empleador, administradas mediante vehículos de inversión colectiva bajo supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Para operar dentro del sistema, las firmas deberán registrar y validar un «ID FAL» en Simplificación Registral y vincularlo con la cuenta correspondiente. La liquidación del importe se realizará automáticamente mediante Declaración en Línea.
Los fondos podrán utilizarse exclusivamente para afrontar pagos derivados de la extinción de vínculos laborales, incluidas indemnizaciones, preavisos e integración del mes de despido contemplados por la normativa vigente.
El incumplimiento de las presentaciones o pagos habilitará a ARCA a aplicar intereses resarcitorios y multas previstas en las leyes 11.683 y 17.250.











